Criterios de admisión (mctc)


El órgano responsable de la admisión de alumnos en el Máster Universitario en Ciencias y Tecnologías de la Computación es la Comisión de Ordenación Académica de Postgrado del centro.
Si los candidatos no están en posesión de un título equivalente al de Ingeniero Técnico en Informática, deberán realizar hasta un máximo de 60 créditos de complementos formativos.
No podrán ser admitidos estudiantes que, por razón de su titulación previa, estén obligados a cursar más de 60 créditos de complementos formativos.
La selección y admisión de estudiantes se realizará de acuerdo con los siguientes conceptos y valoraciones:
  • Titulación:
    • Graduado, Ingeniero o Licenciado en informática: de 45 a 55 puntos.
    • Ingeniero Técnico en Informática: de 35 a 45 puntos.
    • Ingeniero o Licenciado en Ciencias Físicas o Matemáticas: de 25 a 35 puntos.
    • Licenciado en Ciencias: de 15 a 25 puntos.
    • Licenciado: de 5 a 15 puntos.

Nota: si un candidato tiene varias titulaciones, se considerará la que le aporte más puntos.

  • Expediente académico: de 15 a 25 puntos.
  • Experiencia profesional en áreas relacionadas con el perfil de ingreso al título: de 5 a 15 puntos.
  • Número de créditos de complementos formativos requeridos: de 5 a 15 puntos (la puntuación será inversamente proporcional al número de créditos de complementos formativos requerido).
  • Entrevistas que los candidatos podrán tener, si le son requeridas, con la Comisión Académica del Máster: de 0 a 10 puntos.
A cada candidato se le puntuará cada uno de los conceptos anteriores y se le asignará una calificación sumando todas las puntuaciones. Una vez realizado este proceso, se ordenarán los candidatos en orden decreciente de calificación y se admitirán en ese orden hasta completar el cupo de entrada establecido.
La admisión en el Máster no implicará, en ningún caso, la modificación de los efectos académicos o profesionales que corresponden al título previo del que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento.